A-388/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recusación formulada en contra de los magistrados y las magistradas que componen la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Al realizar el análisis previo de pertinencia de la recusación encontró la Sala Plena que el peticionario no estaba legitimado para presentarla.
Lo anterior se fundamentó en dos razones: una, porque en el Auto 558/25 proferido en el proceso de la referencia, se reiteró que las recusaciones deben ser presentadas por el procurador general, el demandante o un interviniente dentro del proceso, y dos, porque en el Auto 075/26, emitido dentro de la misma causa, se indicó que las recusaciones presentadas por terceros cumplen el requisito de legitimidad cuando dicho tercero ha concretado su interés dentro del trámite de constitucionalidad, esto es, antes del vencimiento del término de fijación en lista.
Tras concluir que la presente recusación carece de pertinencia, se procedió a su RECHAZO, por incumplir el requisito de legitimación.